Saltillo, Coahuila de Zaragoza, a 22 de diciembre de 2025
Las Diputadas y los Diputados de la Sexagésima Tercera Legislatura del Congreso del Estado de Coahuila de Zaragoza, llevaron a cabo el día de hoy la Décima Octava Sesión del Segundo Periodo Ordinario de Sesiones, correspondiente al Segundo Año de Ejercicio Constitucional, en la cual, Diputadas y Diputados plantearon las siguientes iniciativas:
1.- Iniciativa con Proyecto de Decreto para que se reforme el artículo 840 del Código Civil para el Estado de Coahuila de Zaragoza.
2.- Iniciativa con Proyecto de Decreto que plantea se reformen y adicionen diversas disposiciones de la Ley Estatal de Educación y de la Ley Estatal de Salud.
3.- Iniciativa con Proyecto de Decreto para que se reforme el segundo párrafo del artículo 35, de la Ley de Acceso de las Mujeres a Una Vida Libre de Violencia para el Estado de Coahuila.
4.- Iniciativa con Proyecto de Decreto para que se reforme la fracción XIX del Apartado A, del artículo 4, de la Ley Estatal de Salud.
5.- Iniciativa con Proyecto de Decreto con objeto de que se reformen los artículos 290, 291, 293 y 294 de la Ley Orgánica del Congreso del Estado.
En esta Décima Octava Sesión, las Diputadas y los Diputados discutieron y aprobaron los siguientes dictámenes:
1.- Dictamen de la Comisión de Gobernación, Puntos Constitucionales y Justicia con Proyecto de Decreto por el que se reforma el artículo 89 de la Constitución Política del Estado de Coahuila de Zaragoza, para quedar como sigue:
ARTÍCULO 89. Las personas titulares de las Secretarías del Ramo y las Direcciones Generales o sus equivalentes de las entidades paraestatales, previa anuencia de la persona titular del Poder Ejecutivo, así como las personas titulares de los organismos públicos autónomos, concurrirán a las sesiones del Congreso para que informen cuando se discuta una ley o se estudie un asunto concerniente a sus respectivos ramos o actividades.
La persona titular de la Fiscalía General del Estado, previa solicitud del Poder Legislativo a la persona titular del Poder Ejecutivo, podrá concurrir ante el Congreso cuando las leyes que se discutan sean de su competencia.
Se dispuso la publicación de esta reforma Constitucional, así como su envío a los Ayuntamientos del Estado para que resuelvan sobre su aprobación, según lo dispuesto en los Artículos 196 y 197 de la Constitución Local.
2.- Dictamen de la Comisión de Gobernación, Puntos Constitucionales y Justicia con Proyecto de Decreto por el que se crea la Ley de la Comisión para la Mediación, Conciliación y Arbitraje Médico para el Estado de Coahuila de Zaragoza, a iniciativa planteada por el Ing. Manolo Jiménez Salinas, Gobernador Constitucional del Estado
Esta Ley tiene por objeto establecer las bases de organización y funcionamiento de la Comisión para la Mediación, Conciliación y Arbitraje Médico para el Estado de Coahuila de Zaragoza, así como regular los procedimientos de Mediación, Conciliación y Arbitraje Médico, para resolver los conflictos que se susciten entre las personas usuarias del servicio médico y las personas prestadoras de este.
.3.- Dictamen de la Comisión de Gobernación, Puntos Constitucionales y Justicia con Proyecto de Decreto por el que reforman el párrafo tercero del numeral 2) de la fracción II del artículo 90; el artículo 93 en su apartado A fracción VII, párrafo segundo; el artículo 126 en su apartado B fracción I párrafo segundo; la denominación del Capítulo Cuarto del Título Tercero; el epígrafe del artículo 365 y se derogan los artículos 332 y 333, todos del Código Penal de Coahuila de Zaragoza; así como, por el que se reforman la fracción XXXI del artículo 3, la fracción II del artículo 39, la fracción XVI del artículo 46, el artículo 49; el artículo 50; el artículo 51, la fracción XVI del artículo 86, la fracción XVII del artículo 105, y la fracción XXIV del artículo 121; se adicionan las fracciones XXXII y XXXIII al artículo 3, un numeral 3, al inciso l) de la fracción I del artículo 5, la fracción XVII al artículo 46, la fracción III al artículo 47, un segundo párrafo al artículo 48, la fracción XVII al artículo 86; las fracciones XVIII y XIX del artículo 105, la fracción XXV y un último párrafo al artículo 121, todos de la Ley Orgánica de la Secretaría de Seguridad Pública de Coahuila de Zaragoza, a iniciativa del Gobernador Constitucional del Estado, Ing. Manolo Jiménez Salinas.
Las Diputadas y los Diputados de la Comisión de Gobernación, Puntos Constitucionales y Justicia en el dictamen señalan que, estas reformas al Código Penal y a la Ley Orgánica de la Secretaria de Seguridad en materia de extorsión, tienen como finalidad armonizar el marco jurídico local con el nuevo modelo nacional de regulación del delito, fortaleciendo la coordinación interinstitucional y la protección integral de los derechos humanos de las personas.
Asimismo, desde una perspectiva de derechos humanos, la reforma contribuye a fortalecer el derecho a la seguridad personal, a la libertad individual y al libre desarrollo de la personalidad, derechos que se ven gravemente afectados por la comisión del delito de extorsión. Este ilícito no solo impacta el patrimonio de las personas, sino que genera efectos profundos en su estabilidad emocional, en su
proyecto de vida y en el ejercicio cotidiano de otros derechos fundamentales, por lo que su combate efectivo constituye una obligación reforzada del Estado.
4.- Dictamen de la Comisión de Gobernación, Puntos Constitucionales y Justicia con Proyecto de Decreto por el que se reforma el primer párrafo de la fracción IV, del artículo 236; y se adiciona el Capítulo Tercero “Cohabitación Forzada de Personas Menores de Dieciocho Años de Edad o de Personas que no tienen Capacidad para comprender el Significado del hecho o de Personas que no tienen Capacidad para Resistirlo”, con su artículo 238 Bis, al Título Sexto “Delitos contra el desarrollo de la personalidad de menores de edad”, del Código Penal de Coahuila de Zaragoza
En el dictamen, la Comisión de Gobernación, Puntos Constitucionales y Justicia estima que la reforma al artículo 236 del Código Penal constituye una respuesta legislativa necesaria frente a las transformaciones aceleradas que han experimentado las tecnologías de la información y la comunicación, particularmente a partir de la incorporación de herramientas de inteligencia artificial en la vida cotidiana. Estas tecnologías, si bien ofrecen múltiples beneficios sociales, educativos y económicos, también han abierto nuevas vías para la comisión de conductas lesivas que afectan de manera directa derechos fundamentales como la privacidad, la honra, la reputación y la integridad psicoemocional de las personas.
Señala además, que desde esta perspectiva, la inclusión expresa de la inteligencia artificial como medio comisivo del delito no amplía de manera desproporcionada el tipo penal, sino que otorga certeza jurídica al reconocer una realidad tecnológica ya existente. El derecho penal, como instrumento de protección de bienes jurídicos relevantes, no puede permanecer ajeno a los cambios sociales y técnicos que modifican las formas en que se producen las agresiones. La omisión legislativa en este ámbito podría generar zonas de impunidad o interpretaciones restrictivas que debiliten la protección efectiva de las víctimas.
5.- Dictamen de la Comisión de Hacienda con Proyecto de Decreto por el que se expide la Ley de Ingresos para el Estado de Coahuila de Zaragoza, para el Ejercicio Fiscal del año 2026.
6.- Dictamen de la Comisión de Hacienda con Proyecto de Decreto por el que se reforman los artículos 93 y 94; las fracciones II y III del artículo 134; así como la fracción I del artículo 157-A; se derogan: los artículos 87-C, 87-D, 87-E y 87-F; todos de la Ley de Hacienda para el Estado de Coahuila de Zaragoza para el Ejercicio Fiscal 2026.
7.- Dictamen de la Comisión de Finanzas con Proyecto de Decreto por el que se expide la Ley para la Distribución de Participaciones y Aportaciones Federales a
los Municipios del Estado de Coahuila de Zaragoza, para el Ejercicio Fiscal del año 2026.
8.- Dictamen de la Comisión de Presupuesto por que se aprueba el Presupuesto de Egresos para el Estado de Coahuila de Zaragoza, para el Ejercicio Fiscal del año 2026, por un monto estimado en $78 mil 370 millones de pesos.
En esta Décima Octava Sesión, las Diputadas y los Diputados eligieron la Diputación Permanente que estará en funciones durante el Primer Periodo, los meses de enero y febrero de 2026 del Tercer Año de Ejercicio Constitucional de la Sexagésima Tercera Legislatura, integrada de la forma siguiente:
Presidencia: Diputado Jorge Arturo Valdés Flores
Suplente: Diputada María del Mar Treviño Garza
Vicepresidencia: Diputado Jesús Alfredo Paredes López
Suplente: Diputada Claudia Elizabeth Aldrete García
Secretaría: Diputada Beatriz Eugenia Fraustro Dávila
Suplente: Diputado Guillermo Ruiz Guerra
Secretaría: Diputada Magaly Hernández Aguirre
Suplente: Diputada Delia Aurora Hernández Alvarado
Vocalía: Diputada Zulmma Verenice Guerrero Cázares
Suplente: Diputada María Guadalupe Oyervides Valdez
Vocalía: Diputada Edna Ileana Dávalos Elizondo
Suplente: Diputado Sergio Zenón Velázquez Vázquez
Vocalía: Diputado Raúl Onofre Contreras
Suplente: Diputada Olivia Martínez Leyva
Vocalía: Diputado Álvaro Moreira Valdés
Suplente Diputada Blanca Rubí Lamas Velázquez
Vocalía: Diputado José Alberto Hurtado Vera
Suplente: Diputado Antonio Attolini Murra
Vocalía: Diputado Gerardo Abraham Aguado Gómez
Suplente: Diputado Felipe Eduardo González Miranda
Vocalía: Diputado Luis Jaime Ponce Ortiz
Suplente: Diputado Antonio Flores Guerra
Se aprobó el Acuerdo que autoriza a la Diputación Permanente a que tramite y resuelve los asuntos pendientes y los que se presenten durante su funcionamiento, con excepción de los que requieran estrictamente la intervención directa del Congreso y de los correspondientes a Iniciativas para la expedición o reformas de leyes.
Finalmente, en esta Décima Octava Sesión, se eligió la Mesa Directiva del Tercer Año (2026) de Ejercicio Constitucional de la Sexagésima Tercera Legislatura, la cual quedó integrada de la forma siguiente:
Presidenta: Diputada María del Mar Treviño Garza
Vicepresidente: Diputado José Alberto Hurtado Vera
Vicepresidenta: Diputada Blanca Rubí Lamas Velázquez
Secretaria: Diputada Delia Aurora Hernández Alvarado
Secretaria: Diputada Beatriz Eugenia Fraustro Dávila
Secretaria: Diputada Olivia Martínez Leyva
Secretaria: Diputada Claudia Elizabeth Aldrete García
Concluido lo anterior, la Presidenta de la Mesa Directiva, Diputada Delia Aurora Hernández Alvarado, clausuró el Segundo Período Ordinario de Sesiones en los siguientes términos: “El Congreso del Estado Independiente, Libre y Soberano de Coahuila de Zaragoza, clausura hoy 22 de diciembre de 2025, el Segundo Periodo Ordinario de Sesiones de la Sexagésima Tercera Legislatura del Segundo Año de su Ejercicio Constitucional”.
Asimismo, se dispuso expedir el Acuerdo en el que se dé cuenta de lo anterior, así como que sea comunicado mediante oficio a los Poderes del Estado.
Finalmente, el Diputado Jorge Arturo Valdés Flores desde la tribuna expresó: “Se declara que la Diputación Permanente de Primer Periodo del Tercer Año de Ejercicio Constitucional de la Sexagésima Tercera Legislatura del Congreso del Estado quedará formalmente instalada a partir del primero de enero del año 2026”. Citó a las Diputados y las Diputadas integrante de la misma para sesionar a las 11:00 horas del día 8 de enero de 202